Un juez federal exhibió las deficiencias de la Fiscalía General de la República en la primera solicitud de orden de aprehensión que presentó en contra de 23 personas acusadas de formar parte de un esquema de «huachicol» fiscal.
En su resolución del 22 de junio pasado, el juez consideró que la FGR no argumentó cómo es que los hechos derivados de su investigación corresponden a los delitos de delincuencia organizada, delitos cometidos en materia de hidrocarburos y contrabando.
Mario Elizondo Martinez, juez de distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio en el Estado de México adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México con residencia en Almoloya de Juárez, negó la orden de aprehensión a la FGR el 22 de junio, pero semanas más tarde la FGR presentó una nueva solicitud donde se incluyó al exgobernador de oposición Ernesto Ruffo Appel y una jueza de guardia la concedió.
En la negativa de junio, el juez Elizondo dijo que “…se advierte su falta de argumentación en la petición de orden de aprehensión”.
“La representación social se debió encargar de justificar con datos de prueba y argumentos que detalle expresamente en su solicitud con cada una de las características citadas, por el contrario se avocó a exponer un resumen sobre la forma en que se configuraban los ilícitos”, señaló el juez.
En el caso de Armando III Riestra, uno de los acusados de contrabando, entre otros cargos, el juez exhibió que el ministerio público ni siquiera lo menciona como persona física en la denuncia.
La FGR informó que tenía un oficio del 16 de junio, donde el director general de Investigación Aduanera de la Agencia Nacional de Aduanas de México, Isaac Alejo Hernández, denunció por contrabando a las empresas Ingemar, Crimson Hidrocarburos y Derivados, Servicios Aduanales JR y Servicios Portuarios.
Pero el juez señaló que el funcionario no tiene las facultades para denunciar el delito. En todo caso, expuso, corresponde a la Dirección General Jurídica de Aduanas o a las Direcciones de lo Contencioso y Amparos, quienes sí pueden formular denuncias y declaratorias de que el fisco federal haya sufrido perjuicio por el posible delito de contrabando.
El juez hizo énfasis en que sólo puede tomar en cuenta lo expuesto por el Agente del Ministerio Público de la Federación.
“La emisión de una orden de aprehensión no se trata de un acto automático que deba emitirse con base en la sola existencia de una petición para ello” y no es adecuado que el ministerio público se limite a transcribir datos de prueba sin realizar un análisis para acreditar que se cumplen con los requisitos para liberar la orden de aprehensión, destacó el juez.
La FGR no expresó “argumentos útiles para confrontar los hechos atribuidos y las conductas descritas como delictivas en los delitos penales correspondientes DANDO LUGAR A SOSTENER QUE NO SE ESTABLECIÓ LA RELACIÓN DE LOS HECHOS QUE ATRIBUYE SUSTENTÁNDOLO DE FORMA PRECISA EN LOS REGISTROS CORRESPONDIENTES”, argumentó en su resolución del 22 de junio pasado.
Semanas después, la FGR presentó una nueva solicitud en la que ahora incluyó entre 25 acusados a Ernesto Ruffo Appel, exgobernador de oposición en Baja California y una persona más.
La nueva versión tiene 465 páginas, 23 más que en la anterior y 96 numerales considerados datos de prueba, 13 más que en la primera. En esta ocasión, la jueza que se encontraba de guardia otorgó la orden de aprehensión el 14 de julio.
“La petición ministerial que se atiende plantea todos los elementos indispensables para resolver lo conducente”, consideró Alejandra Ramírez de la Vega, Jueza de Distrito Especializada en el Sistema Penal Acusatorio, elegida en las pasadas elecciones por voto directo y quien se encontraba de guardia.









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